Esta garantía se consigue con la obligatoriedad de tener un convenio colectivo con una duración igual que el contrato con la administración.
No es de recibo que una empresa consiga un contrato mientras que, en muchas ocasiones, los empresarios se niegan a sentarse para negociar las condiciones de sus trabajadores. Si el contrato con la administración es de cuatro años, la empresa deberá tener un convenio colectivo, con las medidas adecuadas de revisión salarial y de condiciones laborales, que dure esos cuatro años.
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